Subvenciones destinadas a los movimientos Asociaciones Vecinales
La Palma
Publicado por Administrador Infoisla en 23-06-22
Subvenciones destinadas a los movimientos Asociaciones Vecinales
BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS MOVIMIENTOS ASOCIATIVOS VECINALES DE LA ISLA DE LA PALMA.
Podrán ser beneficiarios:
Las Asociaciones de Vecinos legalmente constituidas y con domicilio social en La Palma, que reúnan los siguientes requisitos:
A. Tener un ámbito de actuación municipal.
B. Carecer de ánimo de lucro.
C. Estar inscritas en el Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias.
D. Estar al corriente, en su caso, en las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad
Social. Asimismo, deberán estar al corriente de sus obligaciones con el Cabildo de La Palma.
E. Haber justificado todas las ayudas anteriores concedidas por el Cabildo de La Palma.
F. No hallarse inhabilitado para la firma de convenios ni para recibir fondos públicos.
MÁS INFORMACIÓN: BOP nº 75 del 22 de junio de 2022
Podrán ser beneficiarios:
Las Asociaciones de Vecinos legalmente constituidas y con domicilio social en La Palma, que reúnan los siguientes requisitos:
A. Tener un ámbito de actuación municipal.
B. Carecer de ánimo de lucro.
C. Estar inscritas en el Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias.
D. Estar al corriente, en su caso, en las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad
Social. Asimismo, deberán estar al corriente de sus obligaciones con el Cabildo de La Palma.
E. Haber justificado todas las ayudas anteriores concedidas por el Cabildo de La Palma.
F. No hallarse inhabilitado para la firma de convenios ni para recibir fondos públicos.
MÁS INFORMACIÓN: BOP nº 75 del 22 de junio de 2022